Política
Palo de la Corte a Calderón
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| Política - Política | |
| Escrito por Editorial AMN | |
| martes, 24 de noviembre de 2009 | |
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AMN.-La Corte
terminó por limitar las atribuciones de la Secretaría de Comunicaciones y
Transportes (SCT) en materia de radiodifusión, al resolver que al titular de
esta dependencia no le corresponde aprobar el Cuadro Nacional de Atribución de
Frecuencias.
La
mayoría de ministros determinó que el secretario del ramo tampoco tiene
facultades para "aprobar los programas sobre bandas de frecuencias del
espectro radioeléctrico para usos determinados y de concesionamiento de
frecuencias de radiodifusión".
Por
ocho votos contra dos, el Pleno del alto tribunal determinó que el Presidente
de la República, Felipe Calderón, se excedió en sus atribuciones al darle estas
facultades, mediante un reglamento, al secretario de Comunicaciones y Transportes,
que, por ley, le corresponden a la Comisión Federal de Telecomunicaciones
(Cofetel).
Al
concluir la revisión del juicio de controversia constitucional que promovió la
Cámara de Diputados en contra del titular del Ejecutivo Federal, de manera reiterada,
los ministros explicaron que todo lo relacionado con la radiodifusión -la radio
y la televisión-, le corresponde decidirlo a la Cofetel, tal y como habían
argumentado los legisladores.
Los dos
últimos pronunciamientos que emitió hoy la Corte se suman a los que hizo ayer,
cuando determinó que a la SCT no le compete otorgar concesiones y permisos en
materia de radiodifusión, que comprende los servicios de radio y televisión.
Ni
otorgar prórrogas, refrendos o modificaciones de las concesiones y permisos en
materia de radiodifusión; o declarar administrativamente su caducidad, nulidad,
rescisión o revocación.
La
Corte determinó que los diputados tuvieron razón en impugnar el reglamento que
emitió el presidente Calderón el 8 de enero del presente año, por lo que
declaró fundados los puntos centrales de su demanda.
Las
atribuciones que el presidente le había otorgado al secretario de
Comunicaciones y Transportes, por medio de un reglamento, quedarán sin efecto
en cuanto reciba la notificación oficial de la Corte en este sentido.
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