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En casi tres años, el GEM no ha autorizado la colocación de espectaculares PDF Imprimir E-Mail
Sociedad - Sociedad
Escrito por Editorial AMN   
jueves, 10 de julio de 2008

 

 

 

  • Se trabaja para el retiro y regularización de éstos
  • Se publicó en la Gaceta de Gobierno una norma técnica que regula esta actividad publicitaria en las vías de comunicación estatales

Gobierno del Estado de México.- “En los casi tres años de la administración que encabeza el gobernador Enrique Peña Nieto, no se ha otorgado autorización alguna, para colocar estructuras de anuncios publicitarios, por lo contrario se ha trabajado en el retiro y regularización de estos” informó Miguel Ángel Vega Vargas, director general de la Junta de Caminos.

El funcionario señaló, que los publicistas buscan colocar sus anuncios en los lugares donde más llaman la atención de sus clientes o del público consumidor; los sitios más atractivos para su colocación, son por lo general las vías de mayor tránsito o zonas más visitadas; en el caso de las vialidades con importante aforo vehicular, la normatividad publicada en la Gaceta del Gobierno, permitirá regular de manera más específica la instalación de anuncios en vías primarias, glorietas, camellones y andadores; toda vez que debido a su ubicación, pueden causar distracciones a los conductores.

En el caso de las carreteras, no se permitirá la colocación de dichas estructuras en forma radial o perpendicular a una curva, ni con dimensiones que obstaculicen la visibilidad del conductor; ya que en este caso, se provoca que los conductores aminoren la velocidad atraídos por las imágenes, textos o colores, con el consiguiente riesgo de provocar un accidente de tránsito.

Los anuncios espectaculares que actualmente sean factibles de regularizar, deberán observar disposiciones técnicas tales como: superficie máxima, soportes de estructura y cálculo de la misma, avalado por un perito legalmente reconocido, además de que tengan contratado un seguro de responsabilidad civil y el compromiso de los propietarios de dar mantenimiento periódico a las estructuras.

Finalmente, Vega Vargas manifestó, que en caso de inobservancia a la norma técnica establecida, el mismo ordenamiento legal invocado, faculta a la Junta de Caminos, el ayuntamiento responsable o la Procuraduría de Protección al Ambiente del Estado de México, en el ámbito de su competencia, a llevar acabo acciones de suspensión, clausura o el retiro definiti

 
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